Programa Provincial de Empleo Social 2025

Resolución de la Presidencia del IPBS Núm. 2025/00000491, de 31 de marzo, por la que se aprueba el Programa Provincial de Empleo Social correspondient …

Resolución de la Presidencia del IPBS Núm. 2025/00000491, de 31 de marzo, por la que se aprueba el Programa Provincial de Empleo Social correspondiente al ejercicio 2025.

Objetivo general: Propiciar mecanismos que permitan la inclusión social, a través del empleo, dando cobertura a necesidades de carácter socio familiar y económico, de personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.
Objetivos específicos:

  • Evitar las situaciones crónicas de paro que puedan ser causa de vulnerabilidad o exclusión social.
  • Favorecer el acceso al empleo mejorando la empleabilidad de los usuarios/as del programa.
  • Realizar un itinerario personalizado de incorporación sociolaboral de los usuarios/as del programa.
  • Reequilibrar la economía de familias ante situaciones extraordinarias en las que no cuenten con ingresos mínimos.

Destinatarios: Las personas destinatarias serán aquellas personas en edad laboral (16-67 años), que de forma individual o como integrantes de una unidad familiar y/o convivencial, reúnan los requisitos y criterios establecidos en el Programa. A tal efecto, se considera unidad familiar y o convivencial la constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio
unidas entre sí por vínculo matrimonial, pareja de hecho inscrita en el registro o relación de parentesco por consanguinidad o por afinidad hasta el segundo grado en orden ascendente, descendente y colateral, así como otras personas con las que convivan sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar, durante al menos los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.


Al objeto de inclusión en el programa de Empleo Social, se podrá considerar pareja de hecho la constituida con análoga relación de afectividad a la conyugal, por quienes no tengan vínculo matrimonial, ni se encuentren inscritos en el registro de parejas de hecho, pero hayan convivido de forma estable e ininterrumpida durante, al menos, dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.


Quedarán excluídos de este programa las personas menores de 25 años, sin cargas familiares, con excepción de aquellas que se encuentren en una situación extraordinaria y/o sobrevenida, contempladas en el apartado relativo a criterios del programa.

Presupuesto: 2.500.000,00€

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