DESTINATARIOS
Podrán recibir el Servicio Provincial de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas y unidades de convivencia que carezcan o tengan mermada su autonomía de forma temporal o permanentemente, para mantenerse en su medio habitual de vida y que residan en cualesquiera de los municipios de la provincia de Córdoba con población inferior a 20.000 habitantes en los que el IPBS ejercite sus competencias en materia de Servicios Sociales Comunitarios.
CONTENIDOS DEL PROGRAMA
Los contenidos del Servicio serán los descritos en el Artículo 6: “Contenidos del Servicio”, Artículo 7: “Actuaciones de carácter doméstico” y Artículo 8: “Actuaciones de carácterpersonal” del Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio del IPBS.
CRITERIOS GENERALES PARA LA PRESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Los criterios que se tendrán en cuenta para la prescripción del Servicio Provincial de Ayuda a Domicilio de acuerdo al artículo 9 del Reglamento serán:
a) Grado y nivel de dependencia reconocido en la resolución emitida por la persona titular de la Delegación Territorial Provincial correspondiente de la Consejería con Bienestar Social.
b) Situación de discapacidad física, psíquica o sensorial.
c) Dificultades personales especiales, previa valoración técnica de la situación psicosocial de la persona.
d) Situación de la unidad de convivencia, previa valoración de su composición y grado de implicación en la mejora de su situación.
e) Situación social previa valoración de la red de apoyo de la persona.
f) Características de la vivienda habitual, previa valoración de las condiciones de
salubridad y habitabilidad de la misma.
ACCESO AL SERVICIO
Conforme a lo dispuesto en el art. 8 de la Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que seregula el servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el acceso al Servicio Provincial de Ayuda a Domicilio en los municipios de la provincia menores de 20.000 habitantes en los que el IPBS presta sus servicios, se realizará a través de los Servicios Sociales Comunitarios del Instituto Provincial de Bienestar Social, como primer nivel del Sistema Público de Servicios Sociales.
El acceso al Servicio Provincial de Ayuda a Domicilio podrá realizarse conforme a alguna de
las siguientes modalidades:
Ayuda a Domicilio de Dependencia
Ayuda a Domicilio como prestación garantizada de los Servicios Sociales Comunitarios
Ayuda a Domicilio en casos de extrema y urgente necesidad.
Ayuda a Domicilio Emergencias COVID-19 y Asistencia Externa Emergencia COVID-19